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Soberanía e injerencia¿Cómo pudo surgir una noción tan extraña y discutible como la del pretendido “derecho de injerencia”, cuando el concepto de soberanía es una de las bases del sistema de Naciones Unidas, destinado a proteger a los Estados miembros de intervenciones exteriores para mantener la paz? Tal derecho, que en la práctica sólo los Estados más poderosos pueden ejercer, restablece, bajo nuevas formas, el antiguo imperialismo.En la década de 1960, los defensores de los derechos humanos estimaban que la prohibición de toda injerencia no les incumbía, pues sólo se aplicaba a las relaciones de Estado a Estado. Posteriormente, en lugar de afirmar que su tarea de auxilio a las víctimas de crímenes o de catástrofes no implicaba ninguna injerencia, prefirieron legitimar su intervención en nombre de "su motivo" (los derechos humanos). Por último, algunos comenzaron a afirmar que cuando el objetivo fuera ése, también los Estados tenían derecho de injerencia... La Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) creyó que sólo levantaba prudentemente la tapa de la olla cuando, el 8-12-1988, adoptó la resolución 43/131, que autorizaba a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a socorrer a las "víctimas de catástrofes naturales y situaciones de urgencia". Sin embargo, como la puesta en práctica de ese "derecho de injerencia" requería de medios, fueron los países dominantes los que lo usaron a su voluntad. Así fue que, rápidamente, tanto en la ex Yugoslavia como en Irak, las grandes potencias (especialmente Estados Unidos) aprovecharon la ocasión, con el apoyo de dependencias de la ONU 1... Basándose en los Acuerdos de Dayton 2, el Consejo de Seguridad dio a la Alianza Atlántica mandato para mantener la paz (es decir, para hacer aquello para lo cual había sido creada la ONU) y la Fuerza Multinacional de Aplicación del Acuerdo de Paz (IFOR) quedó bajo el mando de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN). Todo ello en flagrante contradicción con la Carta de la ONU y su artículo 53 3. De tal forma, el pretendido derecho de injerencia -que en la práctica sólo pueden ejercer los Estados más poderosos- restablece el antiguo imperialismo, ahora con un tinte moral 4. Pero, en muchos países del Sur, en África o en América Latina, la soberanía sigue constituyendo una reivindicación de los pueblos que luchan contra la injusticia social o contra el imperialismo de poderosos vecinos o padrinos. El Foro Social Africano, por ejemplo, reivindica la soberanía de los pueblos sobre sus recursos naturales y exige una mayor presencia del Estado en tanto que poder público protector 5. Efectivamente, en muchos casos el Estado aún representa el marco -al menos potencial- de ejercicio del poder democrático y de afirmación de los pueblos. Además, puede ser una barrera a la penetración de las empresas transnacionales: ya sea porque puede resistir a esa intrusión gracias a sus sólidas estructuras de defensa de los derechos de los ciudadanos -como lo muestran las medidas adoptadas en América Latina contra las multinacionales del agua o del petróleo 6- o porque, al contrario, en muchos casos su total ineficacia y desorganización lo hacen peligrosamente inestable e imprevisible, tal como ocurre a menudo en África. Es por eso que el libre mercado y los gobiernos a su servicio incitan a la estabilidad institucional en los Estados débiles, y al abandono de funciones en los Estados "fuertes" 7. Sin embargo, existe un Estado (Estados Unidos) que parece gozar de todos los atributos clásicos de la soberanía. ¿Estados o pueblos?En realidad, el principio de soberanía sólo tiene sentido si se precisa a quién se aplica: si a los Estados o a los pueblos. Cuando en 1789 la Asamblea Nacional francesa proclamó que la soberanía residía "esencialmente en la nación" 8, su decisión era clara. Pero los dos siglos siguientes consagraron progresivamente una "soberanía de los Estados". Ese deslizamiento se vio facilitado por el desarrollo de las conquistas coloniales e imperiales de los siglos XIX y XX: los conquistadores pretendían extender las estructuras estatales a pueblos que no eran "capaces" de concebirlas por sí mismos. La Carta de las Naciones Unidas consagra esa visión al reunir distintos Estados (capítulo 2, artículos 3 y 4), a pesar de que su preámbulo comienza por la célebre fórmula "Nosotros, los pueblos de las Naciones Unidas". Los textos fundadores de la organización evocan tanto a los pueblos (en el preámbulo), como a las naciones y a los Estados 9. Evidentemente, los redactores no ignoraban los agitados debates que generaban esas nociones, pero no consideraron necesario prestarles atención. Esa falta de definición les permitía, entre otras cosas, no abordar la cuestión de los pueblos colonizados y de las minorías autóctonas. Y es fundamentalmente porque la ONU está compuesta por Estados que el artículo 2, inciso 7 de su Carta establece que "ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados". Por su parte, el artículo 53 precisa que "no se aplicarán medidas coercitivas en virtud de acuerdos regionales o por organismos regionales". Por lo tanto, la prohibición de cualquier acción que afecte la soberanía se refiere claramente a la soberanía de los Estados y concierne incluso a la ONU (salvo en lo que respecta al capítulo 7 de la Carta y las acciones en caso de amenaza a la paz, de ruptura de la paz y de acto de agresión). El hiato existente entre la soberanía de los Estados y la de los pueblos se halla también en el debate sobre el abandono de soberanía. Cada vez más, los Estados se desprenden espontáneamente de algunas de sus prerrogativas, y no precisamente en beneficio de estructuras de carácter democrático. Los gobiernos se muestran mucho menos altivos cuando se trata de conceder poderes a la Organización Mundial del Comercio (OMC) que a las mismas Naciones Unidas o a los tribunales internacionales que protegen los derechos humanos. Por ejemplo, todas las reglamentaciones europeas que impiden sostener los servicios públicos fueron consentidas por los gobiernos en beneficio de instituciones no democráticas y del "mercado regulador". En realidad, lo que los Estados abandonan no es su soberanía, sino el poder de los pueblos de controlar (¡al menos un poco!) el mundo que se está construyendo. Así, el cuestionamiento del derecho de los pueblos a disponer de su destino se encuentra en el centro de la construcción de Europa. Sin embargo, el mundo no está condenado a ser únicamente un enfrentamiento entre Estados cada vez menos soberanos. Nuevos actores surgieron en la escena internacional: asociaciones, organizaciones no gubernamentales (ONG), movimientos sociales; fuerzas cuya presencia es cada vez mayor en las instancias de la ONU, como por ejemplo en la Subcomisión de Derechos Humanos. "El Estado en su forma clásica, heredada de la Ilustración, ya no puede pretender ser el único lugar legítimo de debate político y de acción colectiva" 10. Las asociaciones, los sindicatos y las ONG pueden contribuir a resistir a la globalización liberal, pero la "sociedad civil" -por definición heterogénea y poco igualitaria- no podrá reemplazar a los pueblos ni tiene como vocación representarlos. No hay que ver allí una oposición entre el mundo asociativo y los Estados, representantes oficiales de las naciones y de los pueblos, sino el embrión de una necesaria cooperación. En 2003, las inmensas manifestaciones populares contra la guerra anglo-estadounidense en Irak constituyeron un importante apoyo para los gobiernos que no deseaban que la "comunidad internacional" lanzara una guerra en aquel país. Y si esa movilización no alcanzó para impedir el ataque, al menos evitó darle la cobertura de la ONU, es decir de los pueblos que son su verdadero sostén.
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